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Programa de Salud Integral adolescentes y jóvenes

 

¿En qué consiste este programa?

 

El Programa de Salud Integral de adolescentes y jóvenes  tiene  el propósito de mejorar el acceso y la oferta de servicios, diferenciados, integrados e integrales, en los distintos niveles de atención del sistema de salud.

La atención integral de éste grupo etáreo, implica que formen parte de las prácticas de salud, incorporando los distintos enfoques, sujetos de derechos y protagonistas de sus propias vidas.

 

¿Por qué nace este programa?

 

Resultados de encuestas nacionales dieron alerta frente a la presencia en la población chilena de factores medioambientales y de estilos de vida que se consideran de riesgo para la salud, como son el sedentarismo, los malos hábitos de alimentación, el consumo problemático de alcohol, tabaco y drogas, entre otros. Estas conductas, iniciadas generalmente en la adolescencia, se relacionan con altas prevalencias de enfermedades crónicas en la edad adulta, como la obesidad y el sobrepeso, problemas cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, cáncer y los trastornos del ánimo, cuya consecuencia más grave puede ser el suicidio.

 

¿Bajo qué política pública está amparado?

 

Se hace una estrategia Nacional, el equipo ministerial de adolescencia inicia el proceso de elaboración del “Programa Nacional de Salud Integral de Adolescentes y Jóvenes” y de su “Plan de Acción Estratégico”. Se apoya en la Estrategia Regional OPS/OMS (2010-2018) para mejorar la Salud de Adolescentes y Jóvenes y en el Plan de Acción de Salud propuesto por esa misma entidad para este grupo etario. Esta Estrategia Regional fue aprobada por los Ministros de Salud (OMS/OPS 2008-2009, Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, la Estrategia de la Organización Mundial de la Salud para la Salud y el Desarrollo del Niño y Adolescente, la Estrategia Mundial de Salud Reproductiva y el documento. En el 2008 se formuló una nueva política de salud para adolescentes y jóvenes, se recogieron insumos, a través de jornadas interregionales con los equipos de salud, el intersector y jóvenes de todas las regiones del país.

 

El MINSAL ha priorizado la salud de adolescentes y jóvenes en Chile a partir del año 2010. El año 2011 se formulan la Estrategia Nacional de Salud para el logro de los Objetivos Sanitarios de la Década 2011 – 2020 y el Programa Nacional de Salud Integral de Adolescentes y Jóvenes, cuyo objetivo es responder a las necesidades de salud de adolescentes y jóvenes chilenos.

 

¿Desde cuándo está vigente?

 

El programa nacional está en marcha desde el 2012, propone una estrategia a 10 años, y su plan de acción tiene como propósito operacionalizar la implementación del Programa en el período 2012-2020.

Es un proyecto a largo plazo, actualmente el Programa es una herramienta de trabajo que, a través de acciones preventivas promocionales contribuyan al fortalecimiento de los factores protectores y a la reducción de los factores de riesgo para la salud, a los que están expuestos el grupo de adolescentes y jóvenes de nuestro país.

 

¿Existe un acuerdo internacional que esté cumpliendo con dicho programa?

 

Nuestro país ha suscrito varios acuerdos, convenciones y tratados internacionales vinculados con la salud integral de adolescentes y jóvenes. Entre ellos se destacan:

 

Declaración Universal de los Derechos del Niño (10 de julio de 1990), aprobada unánimemente por ambas ramas del Congreso y ratificada ante Naciones Unidas el 13 de agosto del mismo año.

El tema de la infancia y adolescencia ha sido relevado en la agenda pública social a partir de 1990, teniendo como marco de referencia los compromisos asumidos por Chile en la “Cumbre Mundial en favor de la Infancia” en 1990, y a partir de la suscripción de la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN), ratificada por nuestro país en ese mismo año (0PS, 2005).

 

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, constituye uno de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas y es un instrumento de derechos específico para niños, niñas y adolescentes (entre 0 – 18 años). Hace explícito que los derechos humanos también se aplican en la niñez, y considera las condiciones particulares de desarrollo, que requieren derechos especiales y particulares consistentes con su etapa del ciclo vital.

 

La Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención de los Derechos del Niño y Adolescentes adoptadas por Naciones Unidas y ratificadas por Chile, son la guía fundamental en que se enmarca éticamente el desarrollo de las políticas de salud para este grupo poblacional.

 Ambas declaraciones se fundamentan en una visión humanista de las personas, según la cual, los individuos nacen dotados de razón y conciencia, libres e iguales, y por tanto adolescentes y jóvenes son sujetos de derechos inalienables.

 

¿A qué grupo está focalizado?

 

Las garantías que involucran a adolescentes y jóvenes hasta 24 años, son las que se señalan a continuación:

 

• Tratamiento quirúrgico de escoliosis en personas menores de 25 años

• Alivio del dolor por cáncer avanzado y cuidados paliativos

• VIH / SIDA entre otros.

 

Este programa incluye como beneficiario directo a toda la población de adolescentes entre 10 y 19 años, para la atención de las actividades asistenciales de la atención primaria, y agrega a jóvenes entre 20 y 24 años para las actividades de promoción y prevención de salud.

 

Metas

 

 “contribuir al máximo estado de bienestar biopsicosocial (cuerpo, enfermedades, psycologico piensa, y social por que se relaciona) de la población de adolescentes y jóvenes en Chile, con equidad, enmarcado este bienestar en la promoción del desarrollo humano”. Enfatiza que el Estado debe garantizar los bienes primarios de desarrollo de los individuos y sus comunidades, donde salud cumple un rol fundamental en la generación de oportunidades

 

• Disminuir la mortalidad por VIH /SIDA

• Mantener logros alcanzados en el control o eliminación de las Enfermedades Transmisibles.

• Incrementar la proporción de personas con diabetes controlada

• Reducir la progresión de enfermedad renal crónica.

• Disminuir la mortalidad por enfermedad respiratoria crónica

• Disminuir la prevalencia de discapacidad en personas con enfermedad mental.

• Disminuir la discapacidad

• Prevenir y reducir la morbilidad bucal de mayor prevalencia en menores de 20 años, con énfasis en los más vulnerables.

• Disminuir la mortalidad por accidentes del tránsito.

• Aumentar la prevalencia de factores protectores.

• Reducir el consumo de tabaco en población de 12 a 64 años.

• Reducir el consumo de riesgo de alcohol en población de 15 a 24 años.

• Aumentar la prevalencia de práctica de actividad física en adolescentes

y jóvenes.

• Aumentar la prevalencia de conducta sexual segura en adolescentes y jóvenes.

• Disminuir la tasa proyectada de suicidio en adolescentes.

• Disminuir la tasa proyectada de embarazo adolescente en menores de 19 años

• Disminuir la gradiente de inequidad en salud relacionada con posición social, ubicación geográfica

 

¿De qué forma se vigila su cumplimiento?

Se vigilan y sustentan su implementación en políticas intersectoriales y participación social, y en el marco de la vinculación y cooperación internacional, y se fortalecen con alianzas estratégicas con organismos internacionales.

 

-El Ministro de Salud es el máximo responsable de la implementación y desarrollo del Programa.

Esta a su vez se divide en:

-Subsecretaría de Salud Pública: equipo técnico del Programa de Salud Integral de Adolescentes.

-Subsecretaría de Redes Asistenciales: encargado nacional del Programa en Redes Asistenciales.

-A nivel de acción regional: Secretarías Regionales Ministeriales de Salud

Corresponde al nivel primario de atención la incorporación de estrategias y acciones de carácter promocional y preventivo que den cuenta de intervenciones oportunas, diferenciadas y de calidad con enfoque de curso de vida y determinantes sociales de la salud, que permitan modificar factores de riesgo y fortalecer los factores protectores de adolescentes y jóvenes, y sus familias. En la comunidad deberán realizarse las adecuaciones necesarias de los entornos y del medio ambiente para favorecer estas acciones.

 

¿Existe alguna ley que lo contemple?

La Reforma de Salud del 2005, sus leyes de Autoridad Sanitaria y Garantías Explícitas en Salud. En el ámbito de la salud de adolescentes y jóvenes, la reforma del sistema público chileno, basa su prioridad de atención en ciertas patologías que se incluyen en una lista de Garantías Explícitas en Salud (GES). Por Decreto Nº 228 de 2005, publicado en el Diario Oficial el 30 de enero del 2006, y vigente desde 1º de julio 2006, se definen las GES

 

Este programa propone para el futuro (canasta de prestaciones):

Acciones de prevención secundaria y terciaria, atención de salud de calidad y un avance en las temáticas de rehabilitación en este grupo de personas.

Diseñar e implementar una oferta de servicios de salud integral en el sistema público para la población de adolescentes y jóvenes, que responda a las necesidades de este grupo y cuyas prestaciones definidas sean oportunas, pertinentes, basadas en la evidencia, evaluables y enfocadas en los modelos de calidad y de mejora continua.

 

Se cuenta con las siguientes guías clínicas:

  • Guía clínica para detección y primera respuesta a niños, niñas y adolescentes víctimas de maltrato por parte de familiares o cuidadores: Para efectos de esta guía, se comprenderá el maltrato como “toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, que afecte el normal desarrollo de niños, niñas y adolescentes y que ocurra en un contexto familiar o de cuidado (físico, psicológico, negligencia, abuso sexual, maltrato constitutivo de delito y maltrato no constitutivo de delito)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  • Guía clínica atención niños y adolescentes menores de 15 años, víctimas de abuso sexual:

Específicamente, las actividades sexuales involucradas en el abuso sexual infantil pueden consistir en:

  •  Contacto físico sexual en forma de penetración vaginal, oral o anal, utilizando para ello cualquier parte del cuerpo del abusador, algún objeto o animal.

  •  El tocamiento intencionado de los genitales o partes íntimas, incluyendo los pechos, área genital, parte interna de los mismos o nalgas, o las ropas que cubren estas partes, por parte del perpetrador hacia el niño, niño o adolescente.

  •  Alentar, forzar o permitir al niño, niña o adolescente que toque de manera inapropiada las mismas partes del perpetrador.

  •  Exponer los órganos sexuales a un niño, niña o adolescente con el propósito de obtener excitación/gratificación sexual, agresión, degradación o propósitos similares.

  • Realizar el acto sexual intencionadamente en la presencia de un menor de edad con el objeto de buscar la excitación o la gratificación sexual, agresión, degradación u otros propósitos semejantes

  •  Auto-masturbación en la presencia de un niño, niña o adolescente

  •  Forzar a la pornografía.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Guía práctica de consejería para adolescentes y jóvenes: Desde que se formulara el Programa Nacional de Salud para Adolescentes y Jóvenes, en el año 1995 por primera vez, se ha intentó avanzar en dar respuesta a las necesidades específicas de atención sanitaria de este grupo poblacional. Reconociendo estos importantes logros, se hace imprescindible avanzar con mayor celeridad en fortalecer aquellas líneas estratégicas que faltan por desarrollar. Uno de los aspectos en que se debe avanzar, es el ámbito regulatorio y de orientaciones que apoyen a los equipos técnicos en su quehacer habitual de atención a esta población. Por esta razón, se inicia el proceso de elaboración de esta Guía General de Consejería en el año 2008, por un grupo que por su experticia, fueron invitados a participar por las autoridades ministeriales de la época. Este trabajo se completa en el 2011, con las autoras originales, así como con la colaboración del equipo actual del Programa Nacional de Adolescentes y Jóvenes del Ministerio de Salud. La consejería es una herramienta primordial en la atención integral de las personas en la etapa de la adolescencia y juventud, que permite al profesional, ayudarlos a reflexionar sobre su conducta personal, así como a tomar decisiones que les permitan adoptar conductas saludables.

 

Resumen Guía Clínica

 

 

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